El modo 1 es para adultos, el modo 2 corresponde a personas sensibles, donde se incluyen a los menores. (OMS. Conjunto de herramientas para dispositivos y sistemas de escucha segura. 2020)
La normativa anterior (RD 1909/1981) establecía los límites en
En lo que nos concierne a la enseñanza aprendizaje, es un trabajo basado principalmente en la comunicación oral y visual, con mediación semántica.
Una transmisión de conocimientos, procedimientos, reflexiones y emociones.
Una comunicación que admite didácticas diversas en cuanto a organización espacio-temporal, flujos de intercambio de información y roles.
La inteligibilidad de la palabra es clave.
Así pues, una acústica deficiente puede estar perjudicando nuestra misión y no ser conscientes de ello.
Por ello nos centraremos en dos documentos, la normativa reguladora en España y la normativa internacional ISO 22955.
Por ello nos centraremos en dos documentos, la normativa reguladora en España y la normativa internacional ISO 22955.
Atendemos a dos parámetros fundamentales en la inteligibilidad del habla:
- El ruido de fondo y su relación con la señal emitida (SNR), medido en decibelios (dB).
- El tiempo de reverberación del sonido, medido en segundos.
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN (2006)
El Código Técnico de la Edificación de 2006 (CTE) es la norma que regula las construcciones en España. Todas las construcciones escolares con licencia municipal de obras posterior a 23.10.2008 deben cumplirlo.
No es de cumplimiento obligatorio en las construcciones anteriores y que son la mayoría.
El Código Técnico de la Edificación de 2006 (CTE) y sus especificaciones de protección frente al ruido de 2007 (DB-HR) tiene por objeto establecer reglas y procedimientos que permiten cumplir las exigencias básicas de protección frente al ruido en España. Lo que nosotros denominaremos mínimo legal de confort acústico.
El CTE establece, en cuanto al ruido, para las aulas:
Ruido en las aulas con relación al ruido aéreo exterior | |
---|---|
Ruido exterior (Ld) | Ruido en el aula |
=< 60 dB
|
30 dB |
60 < Ld =< 65
|
30 dB |
65 < Ld =< 70 | 32 dB |
70 < Ld =< 75 | 37 dB |
>75 dB
|
42 dB |
40 dB en el aula, 35 dB en la zona de lectura y 50 dB en zonas comunes.
Estas medidas se pueden realizar con una aplicación sonómetro instalada en el teléfono y calibrada como se explica en la página de MEDICIÓN ACÚSTICA
La normativa anterior (RD 1909/1981) establecía
El CTE establece, en cuanto a la reverberación, para espacios educativos:
Valores límite del tiempo de reverberación de aulas y salas de conferencias | |
---|---|
Volumen (m3) | Reverberación (s) |
< 350 vacías
|
0.7 |
< 350 con butacas
|
0.5 |
comedores | 0.9 |
para el aula y zonas de lectura entre 0.8 y 1.5 s, y en las zonas comunes entre 1.5 y 2 s.
Estas medidas se pueden realizar con una aplicación instalada en el teléfono y como se explica en la página de MEDICIÓN ACÚSTICA
Podemos observar que la normativa trata por igual sala de conferencias y aula. Puede hacernos pensar que lleva implícita una limitación a un modelo didáctico de transmisión de conocimientos basado en la exposición oral unidireccional (clase magistral).
RITE (2007)
Para definir los parámetros de confort en las aulas nos ayudaremos de la normativa española del RITE (reglamento de instalaciones térmicas en los edificios, actualización de 2022) :
- Temperatura, entre 21 ºC y 25 °C
- Humedad relativa, entre 40% y 60%
- Concentración de CO₂, inferior a 900 ppm (en infantil inferior a 750 ppm)
- Iluminación superior a 500 lux (en general)
ISO 22955:2021 CALIDAD ACÚSTICA DE OFICINAS ABIERTAS
Esta normativa internacional la hemos incluido por ser la primera que establece unas recomendaciones de confort acústico, en función de la actividad, en oficinas de espacios abiertos.
No hay duda que la escuela está evolucionando y empieza a organizarse para disponer de espacios de aprendizaje de características parecidas a las oficinas abiertas.
También tenemos alguna característica que nos singulariza y que desarrollaremos en la página de ORIENTACIONES.
NORMATIVAS DE OTROS SISTEMAS EDUCATIVOS
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